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53 Comunicado de Prensa de 28 de octubre de 2010
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Debe entenderse que la designación del "cónyugue" como beneficiario del seguro de vida, cobija por igual al compañero o compañera permanente. Código de Comercio; Art. 1142 : CONDICIONALMENTE exequible. Fallo inhibitorio en relación con el Art. 1162 (parcial)
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COMERCIO |
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Revisión oficiosa del Decreto 2693 de 2010, "por el cual se declara el estado de emergencia social". Exequible. Para la Corte la declaratoria de emergencia social cumplió con los requisitos fijados por la Constitución y la ley, cuales son: presupuesto fáctico, el presupuesto valorativo y el juicio de suficiencia de los medios ordinarios. S.V
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TRIBUTARIO |
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